Unión de Izquierdas y Navarra Suma deberán justificar la subvenciones al Club de Jubilados en Orkoien

La Resolución del Tribunal Administrativo de Navarra estima el recurso de alzada presentado por EHBildu Orkoien y declara la obligación del Ayuntamiento, gobernado por Unión de Izquierdas y Navarra Suma, de dar respuesta a todas las cuestiones planteadas, acompañando la documentación pertinente al respecto.

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Tras numerosas solicitudes y esperar durante meses por la documentación que nunca llegó, desde EHBildu Orkoien se interpuso un recurso ante la negativa por parte de UiO y Navarra Suma a entregar documentación e información en relación a subvenciones recibidas por la Asociación de Jubilados y Pensionistas en los años 2018 y 2019. 

El Ayuntamiento de Orkoien alegó ante la solicitud del Tribunal, que había facilitado al grupo municipal de EH Bildu toda la documentación requerida respecto de la subvención abonada a la Asociación de Jubilados en las anualidades de 2018 y 2019, mediante la remisión de un archivo en noviembre de 2019. Sin embargo, este archivo, como se indica en la Resolución del TAN, “no es más que un documento de cuentas de ingresos y gastos de la Asociación, sin referencias, ni acompañamiento de factura alguna, que no da una respuesta detallada a las cuestiones planteadas”.

Por lo que, la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Navarra ha estimado el recurso, interpuesto por la portavoz del grupo municipal de EHBildu, sobre la solicitud de documentación e información en relación a subvenciones recibidas por la Asociación de Jubilados y Pensionistas de Orkoien y declara la obligación del Ayuntamiento de dar respuesta a todas las cuestiones planteadas, acompañando la documentación pertinente al respecto.

En concreto la documentación que desde el equipo de gobierno se han negado a entregar es:

1. Copia de las Bases reguladoras para la concesión de las subvenciones recibidas por la Asociación Club de Jubilados y Pensionistas de Orkoien en los últimos años.

2. Copia de los informes jurídicos sobre la adecuación a Derecho de las mismas, y de la fiscalización previa de la Intervención.

3. Copia de los documentos, si con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control, se han solicitado, desde la Intervención o el órgano competente para la concesión, los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos para realizar las actuaciones de comprobación y control.

4. Copia de la comunicación a este Ayuntamiento, por parte de la Asociación, sobre la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas en los años 2019, 2018 y anteriores.

5. Copia de la justificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por parte de la Asociación.

6. Copia de la documentación de los gastos que se hayan abonado mediante factura y/o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

7. Copia de la acreditación que el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos.

8. Información sobre qué sistema de validación y estampillado de justificantes de gasto que permita el control de la concurrencia de subvenciones se ha utilizado.

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